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Hacia un paradigma otro: niñxs como sujetxs políticxs  co-protagonistas de la transformación social 

Por Santiago Morales y Gabriela Magistris

Introducción 

De una sociedad adultocéntrica no puede esperarse más que los derechos de lxs niñxs sean elaborados y definidos íntegramente por adultxs, sin participación alguna de las nuevas generaciones, tal como ocurrió con la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño1 (en adelante, CDN). El sustrato de una sociedad fuertemente adultocéntrica y patriarcal obstaculiza el avance en la conquista de derechos de lxs niñxs. 

La “historia oficial” de los derechos de la niñez y adolescencia ha sido protagonizada por políticxs profesionales, funcionarixs, intelectuales (todxs adultxs), quienes monopolizaron las acciones para proteger a lxs niñxs, dando escasos o bien nulos espacios para las voces y experiencias del colectivo al que decían representar. La sanción de la CDN dio lugar al tratamiento concreto y simbólico de personas menores de edad como ciudadanxs: un hecho ético de trascendencia histórica, aunque relativo, puesto que los derechos de participación que allí figuran resultaron por demás limitados, restringidos, e instauraron una ciudadanía a medias (Baratta, 1999) o al menos parcial (Roche, 1999). Así, partimos de comprender que el enfoque de derechos expresado en el paradigma de la protección integral (que subyace a la CDN) no sólo resulta insuficiente per se para comprender y reflexionar sobre el involucramiento de lxs niñxs en cuestiones políticas y de ciudadanía, sino que además reproduce el carácter adultista del modo en que tienen lugar los vínculos intergeneracionales.

En un afán superador de este posicionamiento, encontramos el paradigma del co-protagonismo de la niñez (Cussiánovich, 2010c). Desde este enfoque, la participación aloja en sí un salto cualitativo al incidir en el proceso del ejercicio del conjunto de los derechos, colocando a lxs niñxs como actores sociales, y no meros ejecutores o consentidores de algo (Alfageme y otros, 2003). El co-protagonismo social y político de lxs niñxs nos interpela a cuestionar el adultocentrismo y caminar hacia la construcción de un nuevo modo de entablar las relaciones sociales intergeneracionales. 

Invitamos a leer este texto en clave de incorporarlo como un humilde aporte en aras de repensar un concepto y una práctica emancipatoria que incluya –efectiva y auténticamente– a la niñez y la adolescencia, no sólo como colectivo con derechos específicos, sino también como un conjunto de subjetividades que pueden y deben incidir de modo real en procesos generales de carácter político y de transformación social (Roche, 1999; Jans, 2004).

Adultocentrismo, patriarcado e infancia hegemónica 

Cuando hablamos de adultocentrismo, no sólo nos referimos a una relación social basada en la centralidad de lo adulto. En parte es eso, pero también, mucho más que eso. Se trata de asumir el carácter conflictivo de las relaciones entre las generaciones en tanto vínculo asimétrico que contiene y reproduce autoritarismo y desigualdad. Nombrar esta relación desigual de poder como adultocentrismo (Alfageme y otros, 2003; Cussiánovich, 2010; Duarte Quapper, 2015) y dar cuenta de los vínculos conflictivos inter e intra generacionales que genera, es un hecho político y ético reciente y necesario.

El concepto adultocentrismo significa relaciones de dominio entre clases de edad que se han venido gestando a través de la  historia, con raíces, mutaciones y actualizaciones económicas, culturales y políticas, y que se han instalado en los imaginarios sociales, incidiendo en su reproducción material y simbólica. Esas tensiones y conflictos han sido resueltos desde el mundo adulto hegemónico, por medio del empleo de fuerza física, cuerpos legales, normativas, políticas públicas, dispositivos educativos (domesticadores) y discursos auto-referidos como científicos, en un proceso acumulativo de mecanismos que profundizan, acentúan y garantizan las condiciones de desigualdad y dominación:

Al igual que ocurre con el género, la clase social o la pertenencia étnica, la edad es una categoría social en nuestra sociedad que implica una determinada categorización etaria con derechos y deberes que van más allá de las leyes vigentes, porque forman parte de las representaciones sociales de la edad y la generación (Pavez Soto, 2012: 88-89).

Es decir, las representaciones sociales sobre las características de lo adulto y lo niño se imponen socialmente como normativas que co-construyen las trayectorias de los individuos. En este sentido, del mismo modo que los estudios feministas ofrecen una reflexión sobre los estereotipos de género, al deconstruir las exigencias y los mandatos que recaen normativamente sobre las mujeres y los hombres por su condición de género, debemos estudiar para analizar los estereotipos generacionales atribuidos normativa y arbitrariamente a las personas en función de su edad (Pavez Soto, 2012: 89). El adultocentrismo expresa la cristalización de esos preconceptos que construyen modos de ser y estar de las personas, según la edad (y que se entrelazan con las otras categorías como clase, género, etnia).

Se trata, entonces, de una estructura socio-política y económica, donde el control lo toman y ejercen lxs adultxs, mientras que la niñez, adolescencia y juventud son sometidas a un lugar subordinado y de opresión. El gobierno es del sujeto adulto, quien ejerce un sistema de dominación que se fortalece en los modos materiales capitalistas de organización social, y que además se asienta en el patriarcado, en tanto sistema de dominación que contiene al adultocentrismo. No sólo el patriarcado y el adultocentrismo justifican que el detentador del poder general sea el varón adulto, sino también que las mujeres tengan a cargo las tareas (subordinadas por los varones adultos) de cuidado y educación de las nuevas generaciones, es decir, que sean las encargadas de producir y reproducir la “futura” (en los términos de estos sistemas de dominio) fuerza de trabajo.

De acuerdo con Gerda Lerner, el patriarcado es un “fenómeno histórico en tanto que surgió de una situación determinada por la biología y que, con el paso del tiempo, se convirtió en una estructura creada e impuesta por la cultura” (1986: 56). En este mismo sentido, lejos de proponernos aquí negar las diferencias biológicas entre lxs niñxs y lxs adultxs, cuestionamos el hecho de que esas diferencias justifiquen la negación del niñx como sujeto de pensamiento y co-constructor de su propia historia, permitan la imposición de la violencia como fundamento del vínculo intergeneracional, habiliten a la disposición del cuerpo y la voluntad del otrx. La negación del otro como sujeto no es algo determinado por la biología, sino un hecho cultural de carácter opresivo que merece ser sometido a una seria crítica para su transformación. 

Pero, ¿qué quiere decir que se lxs niega como sujetos de pensamiento? Una serie de estudios de Foucault sobre la locura y las prisiones –escribe Ignacio Lewkowicz– nos permiten advertir cómo las sociedades industriales han excluido de toda esfera social a quien no dispone de razón, a quien no tiene la razón sana. En este sentido, lxs niñxs son un excluido radical del universo burgués. Luego se incluirán, pero cuando ya no sean niñxs (2011: 110). Las ideas y prácticas producidas por ellxs no son, en efecto, tomadas en cuenta por el mundo adulto –en general– más que como ensayos, pruebas, previas demostraciones de lo que podrán hacer cuando sean “personas de verdad”, es decir, cuando sean adultxs. Las producciones creativas, de pensamiento social y político de las nuevas generaciones, nacen y mueren en su mundo, no influyendo en la sociedad (gobernada por adultxs) más que, en el mejor de los casos, como anécdota o elemento “decorativo”. Adultocentrismo es un ángulo analítico desde donde comprender los sentidos que hoy giran en torno a las representaciones sobre la niñez, que se expresan en prácticas sociales e institucionales concretas. La representación actual de “niñx” responde a lo que Cordero Arce (2015) llama infancia hegemónica. Significa entender lo niño como “devenir, tabla rasa, preparación, todavía-no, inexperiencia, inmadurez, inocencia, juego y naturaleza” (pp. 128-129), además de dependencia, ausencia de responsabilidad y trabajo, irracionalidad. En consonancia con esta representación hegemónica de lo niño, se encuentra la representación de lo adulto que la completa: lo adulto como ser (que no deviene), desarrollo, ya-sí, experiencia, madurez, conciencia, trabajo (y ausencia de juego), social (ya no “expresión pura” de la naturaleza), independencia, responsabilidad y –muy especialmente– racionalidad. En otras palabras, infancia hegemónica refiere al modo eurocéntrico de entender la niñez. La trascendencia de advertir la incidencia de la idea de infancia hegemónica como modo “normal” (por lo tanto impuesto) de ser niñx hoy, y como representación social asimilada como lo natural en lxs niñxs, es la anulación y patologización de todas las formas otras de ser niñx, adolescente y joven. Tal es así que los niñxs y jóvenes de sectores populares y/o de culturas no occidentales, que no encajan en ese modelo de niñx, son destinatarios de un conjunto de políticas que despliegan los Estados destinadas a su control y normalización. Esta infancia hegemónica, entonces, no es otra que la infancia consagrada en el discurso hegemónico de los derechos de la infancia que se instituyó y globalizó a partir de la sanción de la CDN (Cordero Arce, 2015), y que no diferencia niños de niñas, y que entiende a la niñez como etapa de preparación para la vida adulta, reproduciendo así el carácter patriarcal y adultocéntrico de nuestra sociedad. 

Desde el legado de la historia “no oficial” de lucha por los derechos de lxs niñxs 

Lxs niñxs y adolescentes cuentan con derechos que les son propios y reconocidos desde 1989, a partir de la sanción de la CDN. Como sabemos, en general los avances en materia jurídica internacional son el resultado de largos procesos de reclamo provenientes de los mismos sectores sociales afectados por las problemáticas correspondientes. En nuestro caso, lxs principales afectadxs por la falta de derechos específicos de niñxs y adolescentes no somos lxs adultxs: son ellxs. Sin embargo, lamentablemente, no podemos afirmar que la CDN sea producto de largos años de deliberación infantil en su elaboración y exigencia. Lxs niñxs y adolescentes no tuvieron ningún tipo de participación en su creación. En esta línea, Liebel (2007) señala que la CDN no es un documento de lxs niñxs, sino un trabajo realizado por lxs adultxs pensando en ellxs Como ya comentamos, la “historia oficial” de los derechos de la niñez y adolescencia ha sido protagonizada por adultxs (políticxs profesionales, funcionarixs, intelectuales), quienes monopolizaron las acciones para proteger a lxs niñxs, dando escasos o bien nulos espacios para las voces y experiencias del colectivo al que decían representar. La CDN es el fiel reflejo de una sociedad adultocéntrica, que se preocupa por proteger a las nuevas generaciones, excluyendo a lxs niñxs y adolescentes del debate y definición de las formas e implicancias de la protección. Antes de la CDN, existieron dos instrumentos internacionales que forman parte de lo que estamos nombrando como la “historia oficial” de los derechos de lxs niñxs. Nacieron para proteger a lxs niñxs, fruto de los desgarradores padecimientos a los que se sometió a las nuevas generaciones durante las guerras mundiales: nos referimos a la Declaración de los Derechos del Niño de 1924 (conocida como “Declaración de Ginebra”) nacida tras la Gran Guerra, y la Declaración de los Derechos del Niño de 1959, enunciada luego de la Segunda Guerra Mundial.

Ahora bien, hay otra historia: la historia que no encontramos en los anaqueles, la de las luchas subterráneas, de a pulmón, protagonizada por organizaciones sociales y referentes políticos y pedagógicos, y por niñxs, que contribuyó a conquistar las mejoras jurídicas señaladas.. Que hoy podamos caracterizar a la sociedad como adultocéntrica, a fin de transformarla en beneficio de las nuevas generaciones, tiene mucho más que ver con el acumulado social, político y cultural proveniente de estos sectores, que de los avances en materia de derecho internacional. Interesante es mencionar que, mientras la historia oficial “pone énfasis en la protección”, la historia no oficial, la de los pueblos, “apunta a una igualdad de derechos [con lxs adultxs] y a una participación activa de lxs niñxs en la sociedad” (Liebel, 2006: 11). ¿Qué sabemos de esa otra historia? A continuación convidamos un repaso no sistemático (ni exhaustivo ni acabado) de pedagogxs, procesos sociales y políticos e iniciativas de colectivos de chicxs y educadorxs que han contribuido a la conquista de los derechos de lxs niñxs en esta línea. En primer término, ubicamos como el gran precursor a Simón Rodríguez, el maestro del libertador de América. Fue un pedagogo latinoamericano que dedicó parte de su vida a fundar escuelas en las que lxs niñxs pudieran crecer en “autonomía productiva”, proclamó e instituyó un lugar social activo y participativo para las nuevas generaciones, a mediados del siglo XIX. A él, su discípulo –Simón Bolívar– le confesó, en una carta personal, que formó su corazón “para la libertad, para la justicia, para lo grande, para lo hermoso”. Avanzando hacia fines del siglo XIX y principios del XX, nos encontramos con un conjunto de pensadorxs, pedagogxs, educadorxs que, movilizadxs por una feroz crítica al sistema educativo tradicional, construyen propuestas pedagógicas alternativas de tipo antiautoritaria, centradas en las prioridades e intereses de lxs niñxs, y promotoras de una educación para la libertad y la autonomía, desde el juego y el trabajo productivo. Entre ellos destacamos a José Martí en el caribe cubano, a Ellen Key, Francisco Ferrer Guardia y Celestine Freinet en el mundo europeo, y a Antón Makarenko, Nadezhda Krúpskaya y Moisey Pistrak en la ex URSS. Centrados en la necesidad de transformar las instituciones educativas y los roles de lxs maestrxs y la mirada hacia la niñez, estxs pedagogxs (y tantxs otrxs que por razones de espacio aquí no mencionamos) contribuyeron significativamente a avanzar en las conquistas beneficiosas para las nuevas generaciones, en línea de considerarlxs sujetos sociales y políticos, con capacidad de contribuir al pensamiento y praxis social cotidiana. Junto a ellxs, mención especial merece la Asociación “Educación Libre para los Niños”. Creada durante el proceso revolucionario ruso, fue uno de los movimientos pioneros en la lucha por los derechos y libertades de las nuevas generaciones. Cuenta Manfred Liebel (2006) que durante la primera Conferencia Nacional de las Organizaciones por la Educación Cultural (“Culto proletario” o “proletkult”) celebrada en Moscú en 1918, esta Asociación presentó una “Declaración de los Derechos del Niño” que, aún hoy –con los avances que ha habido en materia de derechos del niño y la niña– es innovadora. “Fue la primera vez –escribe Liebel– que los niños no eran entendidos simplemente como seres ‘aún-no’ que contarán recién en el futuro (es decir, cuando sean adultos) sino que son seres ‘ya-sí’ que merecen el reconocimiento de la sociedad desde el presente (es decir, desde niños)” (2006: 14). Como puntos a destacar, la Declaración establece el principio de que una educación o una formación religiosa no pueden ser impuestas al niñx contra su voluntad; manifiesta que bajo ninguna circunstancia un/a niñx podrá ser consideradx propiedad de nadie (ni de sus padres/madres, ni del Estado ni de la sociedad); determina que lxs niñxs deben tener el derecho de elegir a sus educadorxs y separarse de sus padres/madres si así lo quisiera; proclama que a cualquier edad lxs niñxs tienen las mismas libertades y los mismos derechos que las personas adultas; dispone que, desde muy temprana edad, todx niñx participará en el trabajo necesario para la sociedad en la medida en que lo permitan sus fuerzas y capacidades; además de fijar los derechos a la opinión libre, a la organización y a la participación en todas las decisiones que a su juicio le conciernen. No puede negarse el carácter disruptivo de dicha Declaración, ni su claro intento por asignar a lxs niñxs y adolescentes un espacio/estatus social de igualdad política, social y económica para con el mundo adulto.

En esa misma época, en Argentina, encontramos también movimientos y procesos destacados al respecto. Como escribiera Alberto Morlachetti, el movimiento anarquista de fines del siglo XIX y principios del XX, “valoró el protagonismo de la infancia y dejó precedentes notables –para aquella época– sobre el niño, niña y adolescente como sujetos transformadores de una sociedad que los negaba como hacedores” (2006: 91). Esta valoración de los derechos civiles, políticos, económicos y sociales de la infancia, se cristaliza notoriamente en la activa participación de lxs niñxs en la Huelga de los Inquilinos de 1907 (2006: 69). Tal fue así que en la revista Caras y Caretas del 21/09/1907 pudo leerse que:

“hasta los muchachos toman participación activa en la guerra al alquiler. Frente a los objetivos de nuestras máquinas, desfilaron cerca de trescientos niños y niñas de todas las edades, que recorrían las calles de La Boca en manifestación, levantando escobas ‘para barrer a los caseros’. Cuando la manifestación llegaba a un conventillo recibía un nuevo contingente de muchachos, que se incorporaban a ella entre los aplausos del público” (citado en Morlachetti, 2006: 70).

Fue en esa huelga que la policía de Ramón Falcón asesinó a Miguelito Pepe, un niño de 15 años, destacado orador a favor de la resistencia. Años después, un notable pediatra y pedagogo polaco, Janusz Korczak, quien fuera director de un orfanato judío en Varsovia, entregó su vida4 en la lucha por los derechos de lxs niñxs, bregando porque tengan un rol independiente y activo en sus propias vidas. En su primer gran obra, titulada “cómo amar a un niño”,  promulga una “Magna Carta Libertatis para los niños”, en la cual establece tres derechos principales: “el derecho del niño a su muerte”, “el derecho al día de hoy” y “el derecho del niño a ser como es”. Si con los últimos derechos buscó dejar en claro que lxs niñxas no están preparándose para ser, sino que ya son personas, y por lo tanto tienen derecho a una vida propia; con el primero buscó interpelar al mundo adulto que afanado en proteger excesivamente a lxs niñxs, les privan de vivir, les impiden desarrollar su propia autonomía.

Pese a estas propuestas y experiencias, que pregonaban una relación horizontal intergeneracional, su impacto real fue escaso. Lo que no quita que su existencia marcara antecedentes fundamentales, recuperados por cada proceso de lucha y reivindicación de los derechos de lxs niñxs que se diera a posteriori. No fue hasta las décadas del 60’ y 70’, cuando el mundo entrara en rebeldía y florecieron en distintas partes del globo procesos de emancipación de grupos y pueblos históricamente oprimidos y sin libertades civiles, que nuevamente aparece la necesidad de bregar por una mayor independencia y autonomía de lxs niñxs y adolescentes. Así, en los años ‘70, nace en Estados Unidos el Movimiento por la Liberación de los Niños y Niñas (Children´s Liberation Movement). Su preocupación se centró en “visibilizar que con la inclusión de las minorías étnicas y de la mujer seguirían siendo los niños el grupo más excluido del orden social” (Bácares Jara, 2012: 61). Richard Farson, uno de sus mentores, demandó el derecho a votar y el derecho a trabajar; mientras que John Holton, otro destacado integrante de este movimiento, clamó por el derecho a la información, a la autoeducación y a la participación económica y política (Bácares Jara, 2012: 61-62).

Finalizando esta inconclusa recapitulación de procesos, movimientos y pedagogos que bregaron por una mayor participación de las nuevas generaciones en la construcción de lo social y lo político, imposible no hacer alusión a tres experiencias latinoamericanas: el Movimiento de Adolescentes y Niños Trabajadores Hijos de Obreros Cristianos (MANTHOC) del Perú, el Movimiento Nacional de Meninos y Meninas de Rua (MNMMR) de Brasil, y el Movimiento Nacional Chicos del Pueblo (MNCP) de Argentina. Nacidas en 1976, 1986, y 1987, respectivamente, estas experiencias se destacan por la significativa participación política de niñxs de sectores populares; experiencias que articularon la lucha por el reconocimiento de las nuevas generaciones como actores sociales competentes, con la búsqueda por construir una nueva sociedad, desde lxs chicxs. Experiencias, todas, nacidas antes de la creación de la CDN. Veamos cuáles son los alcances y límites de la Convención en lo que a la participación respecta. 

El “Paradigma de la Protección Integral” a la luz de la participación de lxs niñxs. 

La CDN sin dudas es –como afirmara el maestro Cussiánovich (2008)– un hecho ético de trascendencia histórica. Principalmente porque inaugura en lxs niñxs y adolescentes la posibilidad de la exigibilidad: su existencia habilita a lxs niñxs y adolescentes a ejercer el derecho a exigir sus derechos. Además, al introducir en nuestras sociedades la certeza de que lxs niñxs y adolescentes son personas humanas con derechos civiles, sociales, culturales, políticos y económicos (estos últimos dos restringidos significativamente), lxs constituyó en ciudadanxs del mundo. Durante todo el siglo XX, antes de la promulgación de la CDN, el llamado “paradigma de la situación irregular” organizó el universo legal en lo que a niñez se refiere. Se trataba de una definición general de niñx como objeto de tutela basada en la idea de que existían niñxs en “riesgo o peligro material o moral” que debían ser “salvadxs” por el Estado. De este modo, bajo la pantalla de la protección se justificó una indiscriminada, abierta y discrecional persecución hacia lxs hijxs de lxs trabajadorxs, pues para quienes “ejercían el Patronato” prácticamente todx niñx pobre se hallaba en peligro moral o material, lo que habilitaba al Estado a tutelarlxs, corregirlxs y reprimirlxs: el Estado disponía de sus vidas. 

Es con la CDN, entonces, que se instituye el cambio de paradigma: de la “situación irregular” a la “protección integral”. Su existencia impulsó la consideración de lxs niñxs como sujetos de derechos, condición que se materializa principalmente en el reconocimiento de sus derechos de modo independiente a otros miembros de la familia, ya sean aquellos derivados de su condición de seres humanos en general, como aquellos que se derivan de su especificidad como niñxs. En este sentido, es innegable el aporte de la CDN en línea de instituir nuevos principios relativos a la ampliación de ciudadanía y el tratamiento concreto y simbólico de personas menores de edad como ciudadanxs. De hecho, antes de que fuese pactado el derecho a la opinión, lxs niñxs vivieron sumergidxs en un silencio social violentamente impuesto: sus pensamientos, sentimientos y juicios estaban condenados al deshecho, tanto que ante cualquier expresión de ellxs era legal y legítima la violencia verbal y física para que no se vuelvan a confundir creyendo que tienen voz. La Convención se organiza en torno a tres grandes tipos de derechos, conocidos como “las tres P”: los de Protección, Provisión y Participación. Los últimos son los cuantitativamente más escasos, pero cualitativamente más significativos en el sentido que venimos señalando. Con los derechos de participación lxs niñxs tienen derecho a la libertad de opinión y pensamiento, a participar de la vida cultural de su país, a la libertad de expresión, a la libertad de asociación, a la libre elección de su religión, a la intimidad, a tener acceso a la información, y a manifestar sus opiniones sobre todos los temas que lxs afectan. Por más alentadora y necesaria que resulte la existencia de este conjunto de derechos, las nuevas generaciones –como ya mencionamos– se hallan en situación de opresión con respecto al mundo adulto, de modo que éstos, quienes tienen la potestad para modificar las instituciones que violan sistemáticamente estos derechos, no trabajan activamente para ceder y socializar espacios de poder. Suena lógico. Así como lxs burguesxs no quieren socializar sus riquezas en beneficio de lxs trabajadorxs, y los varones no quieren compartir sus privilegios con las mujeres, a lxs adultxs no les interesa perder el control sobre lxs niñxs. Además, como señala Bácares Jara (2012: 136), en muchas sociedades no occidentales la participación de lxs niñxs es mucho más antigua como hecho social que como norma. Resulta inocultable que, por ejemplo, en diversos pueblos originarios de América Latina y el Caribe, la participación de lxs niñxs y adolescentes se encuentra integrada a la vida familiar, comunal, política y laboral; no tiene nada de novedoso, es una acción social considerada vital para su desarrollo individual y colectivo. Es que la “participación tiene una historia más larga, fecunda y compleja que su ambiguo reconocimiento como un derecho recién a f inales del siglo XX. Como lo recuerda Henk Van Beers, en la cultura vietnamita decir que la participación de los niños es un derecho, contradice el marco cultural ancestral” (Cussiánovich, 2010b: 22), porque es impensable allí la no participación. Por otra parte, es importante tener en cuenta el contexto en el que se da el surgimiento de la CDN. En su origen la definición de los derechos de lxs niñxs estuvo más influenciada por la pugna ideológica característica de la guerra fría, que llevaba a cada polo a querer imponer los derechos afines a su conveniencia, que por el genuino interés en mejorar las condiciones de vida de las nuevas generaciones (Bácares Jara, 2012: 69); mucho menos por establecer las bases para encausar la emancipación de lxs niñxs sometidos al yugo de la violencia adultista y patriarcal. Es desde esta óptica crítica que, aunque reconocemos su valioso aporte, afirmamos que los derechos de participación que allí figuran resultaron por demás limitados, restringidos y parcelados, destinando a lxs niñxs a una ciudadanía de segundo nivel (Baratta, 1999). Así, el enfoque de derechos expresado en el paradigma de la protección integral resulta insuficiente per se para comprender y reflexionar sobre el involucramiento de lxs niñxs en cuestiones políticas y de ciudadanía. En efecto, como afirman algunos autores, la CDN no deja de tener un “soplo proteccionista” (Cussiánovich y Márquez, 2002), que implica un mayor acento –al menos desde el marco y contexto de producción normativa (Barna, 2015)–, de la protección por sobre la participación y/o emancipación, dificultando una perspectiva integrada que potencie ambas cuestiones. Varios elementos subyacen en este modo de concebir a la niñez: 1. La primera tiene que ver con la presencia (y, podríamos decir, fundación) de la idea de infancia hegemónica. Como señalamos más arriba, se trata de una cierta globalización de la imagen occidental y colonialista (eurocéntrica) de lxs niñxs, que supone que éstos son sujetos inocentes, frágiles, que deben realizar algunas acciones (jugar, ir a la escuela, no trabajar, estar exentos de preocupaciones), que se trasladan a todx niñx en tanto marco normativo prescriptivo que se impone, más allá de toda condición contextual. Una niñez universal, que no reconoce contradicciones con la realidad cotidiana de muchxs niñxs, especialmente de nuestra América Latina, que efectivamente deben trabajar, que juegan pero también tienen preocupaciones, que no siempre pueden ir a la escuela, entre otros. Esta imagen sobre lxs niñxs sugiere que éstos deben ser cuidadxs y protegidxs por adultxs que se suponen capaces, racionales y maduros. De este modo, el cuidado y la protección sobresalen por encima de la importancia de impulsar mayores y mejores espacios para su participación. 2. Por otra parte, la definición de niñx como vulnerable, frágil, “en riesgo”, promueve su separación de la esfera pública/política, a la que deben llegar luego de ser equipados de herramientas que se supone les transmiten lxs adultxs (Cockburn, 2007). Lxs niñxs y adolescentes experimentan, de esta manera, múltiples exclusiones del mundo público en nombre de su bienestar, negándose así su capacidad, racionalidad y agencia (Roche, 1999; White, 2002), puesto que es la relación compleja entre exclusión y protección lo que torna difícil la participación de la niñez. 3. Curiosamente, el derecho a la participación de lxs niñxs como tal no existe en la CDN; no es mencionado de esta manera, sino sólo como derecho a la expresión y opinión. De hecho, la palabra participación, literalmente, sólo aparece en el Artículo 31 y haciendo referencia, específicamente, a la vida cultural, artística, recreativa y de esparcimiento (Bácares Jara, 2012: 146). Es por ello que este concepto termina siendo limitado y condicionado al objetivo, medio o relación que se pretenda alcanzar. La CDN habilita a una visión instrumental de la participación, es decir, es entendida solamente en tanto medio para otros objetivos, como por ejemplo y en particular, la protección de sus derechos. 4. Lxs niñxs, de acuerdo con la CDN, no sólo dependen de lxs adultxs sino que, además, están a merced de su voluntad. El “interés superior” del niño, allí proclamado, termina siendo lo que lxs adultxs (que ocupan el Estado y sus instituciones) consideran qué es lo mejor para lxs niñxs. Al niñx, no le queda otra que confiar en lxs adultxs y “entregarse a sus manos” (Liebel, 2006: 38). Se impone entonces “(…) despaternalizar el concepto de protección, lo que implicaría poner en tela de juicio la constelación de poder existente entre niños y adultos, dando a los niños la posibilidad de actuar a la misma altura que los adultos” (Liebel, 2006: 32). Es decir, para fortalecer los derechos de participación es necesario despaternalizar lo que entendemos por protección para transformar el ejercicio de la participación en garantía y parte integral de la protección. 5. La jerarquía (que se nos presenta como “natural”, aunque sea un hecho histórico y cultural) entre adultxs y niñxs permanece, en efecto, inalterada por la CDN, dado que no ha revertido su consideración como sujetos privatizados, mediante la asunción de una existencia pre-política y pre-ciudadana (Rabello de Castro, 2012: 169). Nos preguntamos entonces, ¿cómo hacer para que la participación de lxs niñxs no sea un adicional sino parte integral de las relaciones adultxs-niñxs, al mismo tiempo que deje de pensarse como una esfera separada y sin comunicación con el mundo adulto? Quienes escribimos este pequeño ensayo creemos que para terminar con la opresión por edad es necesario superar el actual “Paradigma de la Protección Integral”. Como ya señalamos, la Convención ha sido y es una cuestión de adultxs, ya que, si bien aparece como un documento innovador buscando fomentar un cambio para lxs niñxs, en realidad se halla impregnado de ideas y propuestas de lxs adultxs en las cuales subyace una posición dominante y de control que se encuentra naturalizada e invisibilizada. En esta misma línea, se ha mencionado que “la Convención proclama al niño y niña como sujeto de derechos pero termina en lo concreto histórico relacionándose con el niño como un objeto” (Cussiánovich et al., 2009:12). El enfoque de derechos es insuficiente para comprender y ref lexionar sobre el involucramiento de lxs niñxs en cuestiones políticas. Por ello, creemos que un enfoque superador implica explorar el tema del posicionamiento social de la niñez desde la perspectiva de su co-protagonismo. Lo abordaremos en el siguiente apartado.

Agencia niña, co-protagonismo y teoría crítica

La niñez no es una etapa de la vida aislada del entendimiento general de la condición humana. La ontología es la misma. Es decir, si el ser humano es un ser social e histórico que varía de acuerdo a los tiempos, lugares y circunstancias en que habita, la niñez es –por añadidura– una construcción social e histórica. Esto significa que es posible ser niño o niña de un modo diferente al impuesto por el modelo de infancia hegemónico. Actualmente, en sociedades no occidentales se es niñx de formas muy diversas. En muchas comunidades se ve ridículo escandalizarse ante el trabajo de las nuevas generaciones, puesto que lxs niñxs trabajan habitualmente y es esperable que así sea; también se considera anómala la socialización escolar, la familia nuclear y el grupo de pares de la misma edad; se tiene otra noción del “riesgo” al que se exponen las nuevas generaciones, resultando absurdo el nivel de sobreprotección que se destina hacia lxs más chicxs de la familia en las sociedades occidentales (Bácares Jara, 2012: 150). Así como otro mundo es posible, otrx niñx es posible. En este sentido, a continuación compartimos unas seis cuestiones que nos parecen fundamentales para caminar hacia un paradigma otro de niñez.    1. Para empezar, invitamos a repensar una ciudadanía que incluya a la niñez y adolescencia no solo como colectivo con derechos específicos, sino también como un conjunto de subjetividades con incidencia real en procesos generales de carácter político y social (Roche, 1999; Jans, 2004). Es que hasta entonces, así como lxs niñxs han sido marginadxs de la esfera política, de modo consecuente también han quedado segregadxs del mundo de la ciudadanía, quedando atrapadxs entre las nociones de indefensión y voluntad. El discurso occidental sobre los derechos abre la posibilidad –insuf icientemente aprovechada– para que las nuevas generaciones sean reconocidas como co-ciudadanxs, y no de forma meramente instrumental. Existir de modo instrumental para el mundo adulto es sólo valer en tanto persona futura, destinatario de sensibilidades sociales adultas, parte del mundo doméstico, privado, lo que es igual a ser invisible social y políticamente (Cussiánovich, 2011: 37). Al pensar en la ciudadanía para todxs, nos referimos a las prácticas que la constituyen, como camino, como proceso, no orientadas a sostener el estatus quo, sino a transformarlo. Se trata de asumir una “ciudadanía centrada en la diferencia” (Liebel, 2006), al proponer como posible (y necesaria) una experiencia de pertenencia y de participación en la lógica del reconocimiento de las diversas características de los diferentes grupos de ciudadanxs, con sus diferentes contextos históricos, sensibilidades e intereses y de la pertenencia, sin que los criterios normativos de la ciudadanía sean predeterminados (Rojas Novoa, 2012). Avancemos un poquito más. Es necesario refundar las relaciones sociales intergeneracionales. El paradigma del Protagonismo Infantil (Liebel, 2000; Alfageme y otros, 2003; Cussiánovich, 2010a) –que nosotrxs optamos por nombrar como Protagonismo de la Niñez, dada la etimología de la palabra “infancia”–, además de considerar al/la niñx como un ser capaz y competente, plantea la necesidad de refundar la relación adultx-niñx, es decir, el modo general en que concebimos la invitación a las nuevas generaciones a la vida. El Protagonismo Infantil como horizonte comenzó a postularse en América Latina hace ya casi cuarenta años junto con el nacimiento y desarrollo de diversas experiencias de organización social y política de niñxs y adolescentes: nos referimos a los movimientos sociales de NATs (niñxs y adolescentes trabajadorxs), que se volvieron expresión contundente de la necesidad de avanzar todavía mucho camino en la perspectiva de fortalecer el protagonismo social de las nuevas generaciones. Dichas experiencias fueron  fuertemente cuestionadas por su posición con respecto al trabajo de lxs niñxs y adolescentes, lo que generó un rechazo que –en muchos sectores– todavía perdura y que obnubila la posibilidad de valorar y reproducir iniciativas similares, donde efectivamente lxs más chicxs tengan la posibilidad de ser protagonistas sociales y políticos y luchar por la conquista efectiva de sus derechos. 40 En esta dirección, la participación ya no se reduce a una función instrumental. Conlleva un salto cualitativo al incidir en el proceso del ejercicio del conjunto de los derechos, colocando a lxs niñxs como actores sociales, y no meros ejecutores o consentidores de algo (Alfageme y otros, 2003). El protagonismo social de la niñez nos interpela a cuestionar el adultocentrismo patriarcal, elevando y/o consolidando el estatus político y social de lxs niñxs en nuestras sociedades al pretender generar una ruptura con cualquier forma de violencia adultista. En este mismo sentido, en el libro de Erika Alfageme, Marta Martínez y Raquel Cantos, se ha afirmado que El protagonismo de la infancia no puede ser sólo considerado una propuesta conceptual, ya que posee de manera inherente un carácter político, social, cultural, ético, espiritual que exige una pedagogía y permite replantear el estatus social de la infancia y de los adultos, en la sociedad. El protagonismo como referente conceptual y como derecho de todo ser humano y todo colectivo social, lleva consigo un mensaje que explícitamente nos revela su naturaleza: el ser humano es un ser “competente” (Alfageme y otros, 2003: 51). Asimismo, hablar de protagonismo implica considerar los aportes de lxs nis de modo valioso, susceptibles de influir en la esfera política y/o pública; sujetos que, como hemos venido afirmando, han sido históricamente marginalizadxs y excluidxs de esa posibilidad. 3. Postular el protagonismo de la niñez no significa, desde esta perspectiva, que lxs niñxs se comporten como adultxs: que se subjetiven como niñxs, que piensen como niñxs, que proyecten como niñxs, que se organicen como niñxs, que asuman responsabilidades como niñxs, que se enojen como niñxs, y que estos aspectos vinculados a su ser y hacer en el mundo sean considerados como propios de personas humanas; no como aquello que viene de quien todavía no conoce la “verdadera vida”. En este sentido, la expresión propia, la opinión tomada en cuenta, la libre asociación, la participación protagónica, la actoría social son los principales elementos que nos encaminan hacia nuevas formas de ser niñx en la vida humana. En otras palabras, significa considerar a lxs niñxs y adolescentes como sujetos sociales y políticos con capacidad para decidir, optar, cuestionar, soñar en tanto personas al igual que lxs adultxs, pero de diferente modo; y que estas acciones verbales afecten a la sociedad en su conjunto. Sin embargo, esto no quiere decir consultarle o hablarle al niñx (Lewkowicz, 2011: 130), en tanto sujeto aislado. Nadie puede adjudicarse representatividad por poseer cierta cualidad específica (en este caso la edad). No necesariamente una persona afrodescendiente –por poner un ejemplo– puede actuar o decidir en representación de los intereses de la comunidad afrodescendiente. No cualquier persona homosexual puede actuar o decidir en representación de los intereses de la comunidad LGTTBIQ. ¿Qué hace la diferencia? Que exista organización; que haya proceso colectivo de debate, construcción de diagnósticos, análisis y discusión política, toma de decisiones y elaboración de conclusiones. Veamos otro ejemplo. Que unx directorx de escuela le pregunte a un niño, niña o adolescente aisladx qué piensa sobre determinado tema, y considerar su respuesta como “la opinión de lxs niñxs” a la hora de tomar una decisión que afectará los intereses de lxs estudiantes de toda la escuela, no es lo que estamos planteando. Ni en lo más mínimo. Las relaciones de poder existentes entre el mundo adulto y el de la niñez hacen que en donde lxs niñxs se sientan en una situación de inferioridad/debilidad contestarán –muy probablemente– lo que esx adultx espera escuchar, o bien, si ese niñx en particular está en contra de lo que quiere dichx director/a puede que reaccione defendiéndose con inconducta, capricho y/o desafío inconveniente a la autoridad (lo que por lo general luego se volverá en su contra). Desde esta óptica, individualizar al niñx es muy probablemente “desposeerlo como sujeto de pensamiento”, es “convertirlo en la institución Infancia” (Lewkowicz, 2011: 130), y por lo tanto, anular su subjetividad. Tal vez dentro de muchos años cuando el vínculo intergeneracional aloje otro contenido, el fortalecimiento de la voz de lxs niñxs y adolescentes desde organizaciones sociales y políticas propias –nuevas institucionalidades instituyentes–, no sea necesario. Hoy, en este contexto adultista, lo es. 4. El ejercicio del protagonismo de las nuevas generaciones no podría volverse realidad sin adultxs que lo promuevan y estén dispuestxs a ceder espacios de poder. Porque –como ya se viene señalando– lejos está esta perspectiva de bregar por una niñocracia: no se trata de que lxs niñxs comiencen a decidir contra lxs adultxs, sino con lxs adultxs. Es por eso que valoramos la noción de co-protagonismo. Se habla de co-protagonismo para marcar la interdependencia que nos hace libres y autónomos (Cussiánovich, 2010a). En este nuevo marco, la relación niñx-adultx exige simultáneamente la afirmación de su protagonismo y que lxs adultxs no renuncien a su propio protagonismo. Es decir, que las decisiones sean el producto de un diálogo y acuerdo intergeneracional, sin imposiciones ni de un lado ni del otro. No puede concebirse la relación como unxs sobre otrxs, sino como juntxs y a partir de lo que cada cual es, asumir la tarea común, los desafíos que nos retan como conjunto. Se trata de una relación que promueve el desarrollo y ejercicio del protagonismo integral de ambxs, es decir el co-protagonismo de ambxs con sus propias características, identidades, modos de ser, etc., que comparten un proyecto social común en la diversidad. Una relación donde se reconoce tanto a lxs niñxs como a lxs adultxs como sujetos políticos, es decir que actúan, interpretan e interpelan, y que ambxs cumplen roles específicos dentro de la sociedad o comunidad. 5. Problematizar la participación de lxs niñxs en distintos escenarios públicos nos interpela a considerar la especificidad de la agencia política infantil. Kallio y Hakli (2015), por ejemplo, afirman que la misma es ambivalente, está cargada de una variedad de significados, vinculado a la relación y fronteras entre la política y lo público y la esfera privada, evidenciando la exclusión de la niñez del ámbito político como algo naturalizado. Una reflexión sobre aquello que es considerado “política” y aquello que queda por fuera también merece ser traído aquí. En esta línea, Rabello de Castro (2012) se pregunta ¿cómo hacer para trascender esa tradicional división, sin que tampoco todo (o nada) sea política? Se reserva generalmente la “política” a los espacios institucionalizados o eventos políticos significativos de larga escala, atados a estatutos institucionales. Pensar a lxs niñxs como agentes políticos (y no sólo sociales), nos conduce entonces a reflexionar sobre las prácticas cotidianas de estos sujetos como actos políticos. Abordar cuestiones políticas, desde la perspectiva de niñxs, apela a imaginar nuevos caminos para pensar la noción de política a la luz de lo niño, además de examinar la relación que hay entre ambas, con y sin mediación de lxs adultxs, pues si bien es cierto que es crucial el acompañamiento de lxs adultxs en el paulatino acercamiento al ámbito de la política, resulta fundamental conocer cómo es que niñxs desarrollan, adquieren y significan por sí mismos (en las experiencias políticas que viven) saberes y prácticas (Torres, 2012). Incorporar a lxs niñxs como actores políticos implica, en efecto, promover la pluralización del espacio público, impulsando que éste logre adaptarse a lxs niñxs en formas apropiadas y no solamente que éstxs se adapten a formas pre-moldeadas por adultxs en la que no tuvieron ninguna participación. Para tal fin, es interesante pensar en la idea de un espacio intermedio entre preocupaciones del orden privado y la acción política pública para poder modificar las relaciones al interior de la esfera privada (Cockburn, 2007). 6. Postulamos el co-protagonismo como necesidad ética, enmarcado en “una teoría crítica de las teorías de infancia” (Cussiánovich, 2011: 38). Para ello se vuelve necesario, entre otras cuestiones, repensar la niñez desde las cosmovisiones no occidentales. Veamos un ejemplo. Es sabido que la certeza esgrimida por René Descartes allá por el siglo XVII, “Yo pienso, luego existo”, marca el comienzo de la filosofía moderna occidental: comienza a pensarse la naturaleza del Hombre [Mujer] a partir del Yo, del individuo abstracto. Al pensar el estado natural del Hombre [Mujer] desde el individuo aislado, se relativizó implícitamente su predisposición natural a la vida social. Y a su vez, significó la asunción de la racionalidad como principio básico para existir, para ser: Soy humano porque Yo, individuo, pienso/razono. Por el contrario, encontramos un paradigma otro si nos remitimos a la filosofía subyacente a las culturas andino-amazónicas. Lo que funda al ser no es ni su individualidad ni su racionalidad. En las culturas andino-amazónicas la existencia es relación. Y es relación ininterrumpida. “En la relacionalidad radica la posibilidad de devenir “ente”, de ser, de existir” (Cussiánovich, 2010b: 236). De este modo, no sólo esta cosmovisión cuestiona la racionalidad como fundamento del ser (humano), sino que además señala su carácter antropocéntrico, pues “en la relacionalidad del todo -principio holístico- radica el eje central de la comprensión de la vida, la matriz de saberes que devienen sabiduría” (Cussiánovich, 2010b: 236). Relacionalidad significa supeditar la existencia, no sólo al vínculo intersubjetivo entre seres humanos, sino también a la relación armoniosa con la naturaleza toda, con el cosmos. Como planteamos más arriba, la modernidad negó la condición de sujeto a todo aquel que –supuestamente– no disponía de razón. Una teoría crítica de la niñez deberá, entonces, repensarse a la luz de las filosofías no occidentales. Junto a ello, es menester que asuma el co-protagonismo como necesidad ética, que postule una intergeneracionalidad emancipatoria, desde un promovido internacionalismo de la niñez popular apoyado en una intrageneracionalidad solidaria, y que problematice sobre la pertinencia de crear modos alternativos de producción y reproducción de la vida sin excluir a las nuevas generaciones. El sentido profundo de la noción aquí propuesta de protagonismo (de la niñez junto al de la adultez) cuestiona la posibilidad de pensar en definiciones rígidas, estáticas. Tiene que ver con la afirmación del(los) sujeto(s) en tanto actor(es) social(es), y por tanto, con el proceso vivo de los lazos humanos; “significa llegar a ser siendo permanentemente en devenir, en seguir siendo para llegar a ser, es decir, no como concluyendo o llegando a un punto final, sino como proceso en incesante construcción y constitución” (Cussiánovich, 2010c: 38).

Comentarios finales 

A lo largo del presente ensayo problematizamos el estatus social y político de lxs niñxs y adolescentes en nuestras sociedades y en la lucha por el cambio. Nuestro sistema capitalista y patriarcal, adosado a una cultura fuertemente adultista que resalta los valores que se asocian a la adultez (racionalidad, competencia, capacidad) y desprecia todo aporte del mundo de lxs niñxs, colabora en sostener y consolidar ese estatus subordinado, oprimido y marginalizado al que resultan condenadas las nuevas generaciones. En este sentido, si bien es cierto que la CDN ha puesto fin al paternalismo tradicional en la medida que considera a lxs niñxs y adolescentes sujetos, de modo independiente a lxs adultxs, no ha llegado a trastocar las bases del paternalismo moderno que afectan a nuestras sociedades (Liebel, 2006). Para ello viene a dar luz la apuesta por el co-protagonismo, que –como vimos– supone superar los pensamientos arraigados en el adultocentrismo y redefinir las relaciones de subordinación y dependencia que se han dado a lxs niñxs históricamente. Para dar esa lucha y esa resistencia al lugar de marginación y subordinación, no son otros que lxs mismos niñxs, a través de su participación directa, activa, organizada, quienes tienen la herramienta vital para esta finalidad. En efecto, la lucha por el co-protagonismo de la niñez en este continente signado por la pobreza y la desigualdad creciente, es una lucha contra la discriminación, segregación social, subordinación entre otros elementos que configuran y limitan la posibilidad de la participación de lxs niñxs en la sociedad. Los movimientos sociales de niñxs, de esta manera, ponen en tela de juicio el patrón adultista de las sociedades, y lo hacen desde su lugar de subalternxs (objetos) de lxs adultxs, reclamando el reconocimiento de la diferencia de modo que no se perpetúe la desigualdad. Esto implica que lxs adultxs deben respetar la dinámica propia y las formas de organización y de comunicación de los movimientos de niñxs.

Ese protagonismo de lxs niñxs no puede ser meramente individual, sino que requiere una participación colectiva, socialmente valorada, cuyas raíces constituyen uno de los mayores desafíos para alcanzar el co-protagonismo anhelado. Al mismo tiempo, lxs adultxs nos debemos reflexiones, prácticas y vigilancias constantes sobre nuestro poder, en tanto situación de privilegio, a fin de saber acompañar, colaborar, coadyuvar a lxs niñxs y su lucha, nunca para sustituirlxs ni reproducir la opresión a la que son sometidxs, sino para hacernos cargo de que una nueva sociedad requiere de la grandeza y sabiduría de adultxs que asuman que necesitan a lxs niñxs para la emancipación de la condición humana. 

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